A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Empresas Publicas De Medellin Esp·Respondent Energia Electrica De Medellin Sa Esp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos basados en títulos valores que no se deriven de un contrato estatal, o si existiendo tal relación, el litigio involucra un tercero al cual se le endosó o transfirió el título
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 015 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Quinta de Oralidad, suscitado por un proceso ejecutivo presentado por Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en contra de Energía Eléctrica de Medellín S.A.
E.S.P.
DICEL S.A.
E.S.P, con el objetivo de ejecutar las obligaciones dinerarias contenidas en distintas facturas electrónicas.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena precisa que el conflicto se limita a las facturas fundamentadas en las resoluciones de la CREG, por cuanto el Tribunal Administrativo de Antioquia avocó conocimiento sobre las facturas originadas en los contratos de naturaleza estatal.
Es decir, la Sala debe resolver, únicamente, sobre las facturas correspondientes al mercado regulado de energía, esto es en aquellas fundamentadas en la normativa establecida por la CREG.
Ante esto, se considera pertinente aplicar la regla establecida en el auto 923/24 y atribuir, entonces, la competencia del asunto a la jurisdicción ordinaria, especialidad civil, conforme los artículos 15 del CGP y 104, numeral 6, y 297 del CPACA.
Lo anterior, porque en esta oportunidad se concluye que las facturas, cuyo mandamiento de pago se pretende, no tienen su fuente en un contrato estatal, sino en resoluciones de la CREG, proferidas en ejercicio de sus funciones públicas relacionadas con la regulación del mercado de energía, y en las cuales se establece lo relacionado con el mercado regulado de energía y los costos que se generan por el uso de las redes del Sistema Interconectado Nacional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 15 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y la Sala Quinta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 15 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva presentada por Empresas públicas de Medellín E.S.P., en contra de Energía Eléctrica de Medellín S.A. E.S.P. DICEL S.A. E.S.P.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6155 al Juzgado 15 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo a la Sala Quinta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.